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Redacción: Energía a Puls

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló varios artículos de la Ley de Hidrocarburos promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador,  en mayo de 2021. La cual permite el otorgamiento y revocación de permisos por parte del gobierno de las empresas privadas.

Los ministros de la Corte dieron revés a la acción de inconstitucionalidad 91/2021, promovida por diversos Senadores en contra de dicha reforma.

La SCJN determinó que previamente a la reforma del 2021, la autoridad ya estaba facultada para revocar permisos y ya existía la obligación de cumplir con una determinada capacidad de almacenamiento de hidrocarburos

El proyecto presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán señala que son infundados los argumentos presentados por los senadores.

Respecto a los artículos 57 y 59 Bis, que implican la suspensión temporal de los permisos por causas de seguridad nacional, la SCJN señaló que la  figura de la suspensión no implica una confiscación del patrimonio de los permisionarios, pues es un procedimiento establecido legalmente para que la autoridad deje sin efecto temporal un permiso.