Redacción: Energía a Pulso
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) publicó las reglas de carácter general para definir el ajuste del valor de los hidrocarburos del Derecho Petrolero para el Bienestar de acuerdo con el nuevo régimen fiscal de Petróleos Mexicanos (Pemex).
Derivado de las leyes secundarias publicadas recientemente, se estableció un nuevo régimen fiscal para Pemex y se eliminaron los derechos de utilidad compartida, de extracción y de exploración de hidrocarburos, sustituyendolos por el Derecho Petrolero para el Bienestar.
Bajo este nuevo régimen se unifican varios impuestos con el objetivo de aligerar la carga fiscal de Pemex, derivado de esto la SHCP publicó la forma de cálculo y ajuste del valor de los hidrocarburos extraídos que Pemex deberá utilizar para determinar sus pagos anuales y provisionales mensuales.
El nuevo impuesto, establecido en los artículos 39 y 40 de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, establece una tasa base del 30% más una sobretasa variable según el precio del crudo.
Asimismo, la SHCP refuerza su facultad de supervisión al exigir a Pemex los reportes anuales y trimestrales de inversiones, costos y gastos por cada campo de extracción y también podrá solicitar información adicional para validar ajustes de devoluciones, descuentos o bonificaciones que afecten el cálculo del Derecho Petrolero para el Bienestar.