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Redacción: Energía a Pulso

El juez Juan Pablo Gómez Fierro negó una suspensión provisional a tres empresas que impugnaron el acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que estableció la regulación de precios máximos del gas LP argumentando que conceder la medida cautelar permitiría el alza de precios en ese rubro.

“Para este Juzgado de Distrito es claro que existe un interés social en la ejecución del acuerdo reclamado, pues contempla una medida temporal que busca frenar el incremento, aparentemente injustificado, del precio de gas licuado de petróleo al usuario final, el cual es considerado como uno de los energéticos de consumo básico más importante para las familias mexicanas ”, refirió en su resolución.

Asimismo, Gomez Fierro determinó que si bien es cierto que existe la presunción de que la CRE estableció una regulación de precios máximos de gas licuado sin que existiera alguna declaratoria previa por parte de la autoridad de competencia económica en relación con la falta de condiciones de competencia en dicho mercado, “por el momento debe considerar que el beneficio que la sociedad puede recibir de la ejecución de los actos reclamados es mayor que el perjuicio que se provoca por la falta de cumplimiento a dicha formalidad ”.

Argumentó que en 2020 los precios de referencia internacional incrementaron 80.9%, y los precios al usuario final lo hicieron en 16.7 por ciento.

“Por lo que permite identificar que los altos márgenes de ganancia obtenidos por los permisionarios que realizan ventas a usuarios finales, no se han trasladado a mayores niveles de inversión ya su vez en mejoras al desarrollo del mercado”, indicó el acuerdo.